Agencia Nacional de Aguas (ANA)

Sede de ANA en Brasilia (DF) - Raylton Alves - Banco de Imágenes ANA
Sede de ANA en Brasilia
Raylton Alves / Banco de Imágenes ANA

La Agencia Nacional de Aguas (ANA) tiene la atribución legal de implementar el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos (SINGREH), creado para asegurar el uso sostenible de nuestros ríos y lagos para la actual y las futuras generaciones.

Esto implica en regular el uso del agua por medio de los mecanismos instituidos por la Ley nº 9.433, de 1997, entre los cuales se destacan: la otorga, para disciplinar la utilización de los cuerpos hídricos, tanto para captación de agua como para lanzamiento de efluentes; la fiscalización, para garantizar que las otorgas sean licencias efectivamente respetadas y no meros formalismos notariales, y el cobro por el uso del agua, para asegurar que los cuerpos hídricos sean utilizados con parsimonia, además de posibilitar la generación de los recursos financieros necesarios a la recuperación y conservación de los ríos y lagos.

Estos tres mecanismos han sido implementados de forma articulada en cada cuenca hidrográfica, lo que impone la sintonía necesaria entre la ANA y los órganos y las entidades gestoras de recursos hídricos de los gobiernos provinciales, teniendo en cuenta el doble dominio de la Unión y de los Estados, a que se sujetan los ríos brasileños.

Sin embargo, el ámbito de regulación de la ANA alcanza otros instrumentos de gestión, también fundamentales para el buen funcionamiento del SINGREH y que representan la base para la buena gobernanza de agua en el país. En este sentido, la Agencia desempeña acciones de Apoyo a la Gestión, de Monitoreo y de Planificación de Recursos Hídricos, además de ofrecer un conjunto de Informaciones para mejoría de la acción de los órganos gestores de recursos hídricos y de los sectores usuarios de estos recursos.

Los planos de recursos hídricos, por ejemplo, permiten diagnosticar y orientar acciones específicas de suministro de agua para los diferentes usuarios, además de identificar restricciones y oportunidades de desarrollo de actividades productivas que se valen del agua como insumo básico.

La ANA estimula, también, la creación de comités de cuencas hidrográficas, principalmente en ríos de dominio de la Unión, que, a su vez, promueven la articulación de representantes de la sociedad civil, de usuarios del agua y de los poderes públicos, en la elaboración de una agenda pautada en la protección de estas cuencas, y sintonizada con las oportunidades de desarrollo sostenible de sus áreas. Promueve, además de eso, un conjunto de programas y proyectos destinados a la diseminación de buenas prácticas en la utilización de los recursos hídricos, a la descontaminación de cuencas hidrográficas, y a la divulgación de informaciones periódicas sobre la condición de las cuencas hidrográficas brasileñas, entre otros.

En resumen, la ANA concilia competencias de implementación de la Política Nacional de Recursos Hídricos y del SINGREH, además de ejercer el papel de agencia reguladora y de instancia inductora de buenas prácticas en el campo de la utilización de las aguas.

Política Nacional de Recursos Hídricos

Todos los distintos sectores usuarios de recursos hídricos poseen el derecho de acceso al agua, con todo siendo la prioridad para el consumo humano y la saciedad de la sed animal en situaciones de escasez. Es eso lo que establece el principio de los usos múltiples, instituido como uno de los fundamentos de la Política Nacional de Recursos Hídricos.

ANA busca, en la gestión de los recursos hídricos, garantizar que los distintos tipos de usos del agua sean realizados de manera complementaria, sin que un uso impida los otros, considerando también la necesidad de prevención de eventos hidrológicos críticos.

La Ley nº 9.433/1997, también conocida como Ley de las Aguas, establece instrumentos de gestión de recursos hídricos.
Son ellos:

• Los Planes de Recursos Hídricos
• El encuadramiento de los cuerpos de agua en clases, según los usos predominantes
• La otorga de los derechos de uso de uso de recursos hídricos
• El cobro por el uso del agua
• El Sistema de Informaciones sobre Recursos Hídricos

Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos (SINGREH)

Sencilla a diversas demandas por recursos hídricos y a conflictos que podrían ser generados o potenciados alrededor de la cuestión del agua, la Constitución Federal de 1988 conjeturó la organización del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos (SINGREH). Conjunto de mecanismos jurídicos y administrativos, el Sistema pretende coordinar la gestión integrada de los recursos hídricos e implementar, de manera participativa, la Política Nacional de Recursos Hídricos – establecida por la Ley de las Aguas (Ley nº 9.433/1997).

Son parte de SINGREH: el Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH); la Agencia Nacional de Aguas (ANA); los consejos provinciales de recursos hídricos; los comités de cuencas hidrográficas; las instituciones federales, provinciales y municipales responsables por la gestión de recursos hídricos; y las agencias de agua. Véase a continuación la organización del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos y de los sistemas provinciales.


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